sábado, 31 de diciembre de 1994

Desfedompass Denominación Constitución y Proposito

 Capítulo  Denominación Constitución y Propositos 

Capitulo I

 Art. 1.

 La Institución cuya organización, funcionamiento y actividades se rigen por los presentes “Estatutos” se denomina “Desfile y Festival Dominicano de Passaic”. 

 A).- Esta institución corresponde por las siglas DESFEDOMPASS.

 B).- Desfedompass, fué registrado el 11 de Noviembre de 1994, en la ciudad de Trenton, New Jersey, capital del Estado. 

 Art. 2. 

El Desfile y Festival Dominicano de Passaic, estará constituído por todos los dominicanos mayores de edad que esten dispuestos a respetar la Declación de Principios sus Estatutos y cualesquiera otra disposición que emane el organismo de dirección.

 Art. 3. 

Es el proposito del Desfile y Festival Dominicano de Passaic, trabajará por la Integración de todos los dominicanos para juntos luchar por el fortalecimiento de la dominicanidad en ultramar y especialmente el establecimiento de una sociedad más Justa, solidaria, comunitaria y participativa para todos. 

 Art. 4. 

El Desfile y Festival Dominicano de Passaic, por sus siclas DESFEDOMPASS, realizara programas de asistencia social en lo que se vean involucrado nuestras comunidades y en especial nuestro congeneres que requieran de los servicios basicos. 

 Capitulo II 

 Emblema y Lema El Desfile y Festival Dominicano de Passaic, DESFEDOMPASS, adoptará como emblema todas las imagenes que representen los simbolos patrios tales como: Escudo, la Bandera, Mapa, e Imagenes de heroe caídos en defensa del biene estar de la Republica Dominicana. 

1) Nuestro Lema es: Confraternidad, Capacida y Cultura al Servicio de la Comunidad. 

 Capitulo III 

 De Los Miembros 

Art. 1 

Para ser miembro del Desfile y Festival de Passaic, se requiere: 

 A)- Ser Dominicano mayor de edad: 

 B)- Ser admitido por la Direccion Ejecutiva luego de completar previa inscripción: 

 C)- Cumplir fielmente con la Declaración de Principios y con los presentes Estatutos: 

 D)- También pueden ser miembros aquellas personas hijos de Dominicanos y sus desendientes: 

 E).- Extrangeros (as), casados (as) o relacionados con un dominicano, podrán ser miembros sin derecho a ser elegidoa cargos electivos: 

 F).- DESFEDOMPASS, cobrará una cuota de inscripción de U$20.00 y una mensualidad de U$10.00, los fondos pasarán a las arcas de la organización los que se utilizarán para el mantenimiento de la misma y en el desarrollo de los programas, eventos y actividades para realizar. 

 Art. 2.

 Las inscripciones deberán estar firmada por el interesado y la persona que lo apadrina y una cuota de inscripción por concepto de $20.00. 

 Art. 3.

Cada miembro será registrado en el libro de control de membresias y se le expidirá un carnet de identificación personal con la foto del interesado, firmado y sellado por la Junta Directiva, y aparecerá en la página web sección miembros . 

 Capitulo IV
Sobre Deberes y Derechos 

 Art. 4.

Son los deberes de cada miembro del “Desfile y Festival Dominicano de Passaic” DESFEDOMPASS: 

 A).- Cumplir, Sostener, Defender y respetar la Declaracion de Principios, Estatutos, Reglamentos y programas de trabajo dispuesto por el Desfile y Festival Dominicano de Passaic “DESFEDOMPASS”

 B).- Pagar con puntualidad su cuota mensual reglamentaria: 

 C).- Ejecutar con eficiencia y lealtad las misiones que le fueren encomendadas: 

 D).- Asistir con Puntualidad a los actos y reuniones en las que tenga que participar:

 E).- Incentivar y mantener la cordialidad, la diciplina, la cooperacion, solidaridad y respeto entre todos los miembros: 

 F).- Informar oportunamente cambios de residencia, numero de telefono e infomaciones basicas en la base de datos de la organización: 

 G).- Cualquier otros deberes de similar naturaleza.: 

 Art. 5. 

Son derecho ineherente de todos los miembros del “Desfile y Festival Dominicano de Passaic” DESFEDOMPASS. 

 A).- Participar con voz y voto en las secciones de la organización los miembros regitrados como tales;  

B).- Expresar sus sugerencias u observaciones que considere de lugar para la buena marcha de la organización debiedola hacer por los canales ordinarios que posee  la organización, considerandose como falta grave, las que se hagan fuera de los mismo de los canales antes mencionados;

 C).- Elegir y ser elegido para funciones de dirección de mando, siempre y cuando reuna las condiciones necesarias, de acuerdo con los presentes Estatutos;

 D).- Ser escuchado y tener garantizado el derecho de la defensa ante los organismos diciplinarios competentes si fuese sometido a ellos. 

 Art. 6.

Los derechos de los miembros del Desfile y Festival Dominicano de Passaic “DESFEDOMPASS”, se pierden por; 

 A).- Suspencion temporal (Mientras esta dure); 

B).- Expulsion. 

C).- Renuncia del miembro.

D. - La violación de los presentes Estatutos, Los Reglamentos Parlamentario, La Declaración de Principios y La Constitución y Propositos de la organización. 

 Capitulo V 

 Son las funciones de la Asamblea General; 

 A).- Es aprobar, enmendar o rechazar la declaración de principios, los estatutos y reglamentos de la organización; 

 B).- Dictar resoluciones, acuerdos y cualesquiera otras disposiciones no prevista en los Estatutos; 

 C).- Elegir y proclamar los miembros de la Dirección Directiva; 

 D).- Cumplir y hacer cumplir los deberes y ejercer las atribuciones que le señales los presentes estatutos; 

E). - La Asamblea General para los de hacerle enmienda a los Estatutos, Los Reglamentos Parlamentario, La Declaración de Principios y La Constitución y Propositos de la organización, se deberá realizarse cada dos años.

Art. 7.- 

Los organismos del Desfile y Festival Dominicano de Passaic “DESFEDOMPASS” son; 

 A).- Asamblea General; 

B).- Dirección Ejecutiva; 

C).- Tribunal Diciplinario: 

Capitulo VI 

 La Asamblea General 

 Art. 8.

La Asamblea General estará compuesta por los miembros de la Dirección Ejecutiva, la Directiva vigente y el Tribunal Diciplinario.

 Art. 9.

La Asamblea General es la máxima autoridad deliberativa del Desfile y Festival Dominicano de Passaic, sus decisiones son inapelable y mandatoria para todos los organismos y miembros de la organización. 

 Art. 10.

Las Asamblea seran ordinarias o extraordinaria. 

 Art. 11.

 La Asamblea ordinaria se reunirá el día primero de noviembre, diez días antes del aniversario de la organización para pasar revista del año anterior y culminar con los actos los aniversario. 

 PARRAFO: La asambleas ordinarias que por cualquier circustancia debidamente justificadas no pudiera celebrarse dentro del período señalados, deberá celebrarse a la mayor brevedad posible con el mismo proposito. 

 Esta constitución propositos fue aprobada el día siete (7) de diciembre 2013, en reunión extraordinaria:

Junta Directiva

0 comentarios:

Publicar un comentario